Contratación de trabajadores con mas de 50 años
MINUTA DE ASPIRACION
La Cámara de Representantes solicita al Poder Ejecutivo la remisión de un proyecto de ley por el que se establezca la exoneración de los aportes patronales que se realizan al Banco de Previsión Social (BPS) para el caso de empleadores que contraten trabajadores mayores de 50 años de edad, de acuerdo con lo que seguidamente se expresa.
Montevideo, de 2013.
Graciela Matiaude
Representante Nacional por Canelones
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Es sabido que pese a los altos niveles de empleo que se vienen registrando en la República, los trabajadores mayores de 50 años de edad tienen dificultades para reinsertarse en el mercado laboral toda vez que por diferentes motivos, pierden o dejan el empleo que tienen.
Ello por cuanto las más de la veces los empleadores privilegian la contratación de personal de menor edad, que además de tener otras expectativas salariales, ofrecen una mayor capacitación o una mayor disposición a capacitarse en los requerimientos específicos de la tarea de que se trate.
Esta situación repercute grandemente en personas con familia constituida y a cargo, exponiendo en consecuencia a la zozobra económica y social no sólo al trabajador involucrado sino a su grupo familiar.
Por eso, y porque es conveniente no desperdiciar la rica experiencia acumulada por los trabajadores de mayor edad, es que se propone incentivar a los empleadores a contratarlos beneficiándose con una exoneración de los aportes patronales, incluido el Fondo Nacional de Salud.
Como contrapartida el empleador, para acceder a tal beneficio, deberá contratar al trabajador por un plazo mínimo de un año, todo lo que se reglamentará por el Poder Ejecutivo en el marco de sus potestades.
Para evitar que se desnaturalice la finalidad buscada, el beneficio sólo será aplicable a trabajadores de 50 o más años de edad a condición de que no registren aportes previsionales por más de un año.
Se estima que una medida de tal naturaleza, de la que existen antecedentes en el país, no impactará significativamente en las arcas del Banco de Previsión Social pero sí lo hará en la situación de varias familias uruguayas que sufren esta situación a la fecha.
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Facultase al Poder Ejecutivo a exonerar el pago de los aportes patronales por un período máximo de 24 meses, incluyéndose el que se vierte al Fondo Nacional de Salud, a las empresas privadas que contraten trabajadores de 50 o más años de edad, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación que se dicte al efecto.
Artículo 2º. Para acceder al beneficio consagrado en el artículo anterior, las empresas deberán contratar a dichos trabajadores por un plazo mínimo de un año.
Artículo 3º. La exoneración en cuestión sólo será aplicable a trabajadores de 50 o más años de edad siempre que no registren aportes previsionales por más de un año.
Artículo 4º. La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación.