Proyecto de ley por el que se crea el Banco Nacional de Agua

camara de senadores

Montevideo, 15 de febrero de 2015.

Señor
Presidente de la Cámara de Senadores
Raúl Sendic
Presente

De mi mayor consideración

Tengo el agrado de someter a consideración de la Cámara de Senadores el siguiente proyecto de ley por el que se crea el Banco Nacional de Agua.

Sin otro particular, saludo a usted con mi mayor consideración.

Pedro Bordaberry
Senador

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Proyecto de Ley por el que se crea el Banco Nacional de Agua

Proyecto de Ley

Banco Nacional de Agua

Disposiciones Generales

Capítulo I. CREACION Y OBJETIVOS

Artículo 1°. Créase el Banco Nacional del Agua (BANAGUA), como persona jurídica de derecho público no estatal, que se domiciliará en cualquier lugar del territorio nacional.

Artículo 2°. El Banco tendrá, respecto de las aguas pluviales (aquellas que caen sobre un predio o se recogen en el mismo por parte de su propietario mientras se escurren, siendo de su pertenencia), los siguientes objetivos:

A) Facilitar las transferencias de agua de usos menos rentables a usos más rentables reuniendo e intermediando entre vendedores y compradores.
B) Propender a dar seguridad en el abastecimiento de agua en épocas de sequías y durante los períodos estacionales.
C) Arrendar a terceros represamientos o tierras a ser anegadas en la forma y condiciones en que se establece en el articulo 12.
D) Promover la conservación del agua alentando a los poseedores de derechos a conservar y depositar sus derechos de agua en el banco.
E) Asegurar el abastecimiento seguro del agua para la producción agropecuaria, piscícola y áreas turísticas, midiendo el recurso a efectos de no malgastarlo.

Artículo 3°. El Banco de Agua se comunicará y coordinará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

 

Capítulo II. ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO

Artículo 4°. Los órganos del Banco son: el Directorio, la Gerencia General, y los Comités Regionales.

Artículo 5°. El Directorio será el órgano de mayor jerarquía del Banco y sus miembros serán designados por el Poder Ejecutivo entre personas de reconocida idoneidad en la materia.
Estará integrado por:

A) Dos representantes del Poder Ejecutivo, uno propuesto por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, quien será el Presidente y tendrá el voto doble en caso de empate y, otro propuesto por los Ministerios de Turismo, de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de Transporte y Obras Públicas.
B) Dos representantes de los productores que serán designados por el Poder Ejecutivo, uno de ellos a propuesta de la Asociación Rural del Uruguay y de la Federación Rural y el otro a propuesta de Cooperativas Agrarias Federadas, de la Comisión Nacional de Fomento Rural y de la Federación Uruguaya de Centros Regionales de Experimentación Agrícola, quienes percibirán dietas por asistencia a aquellas actividades para las que sean convocados.
El Gerente General asistirá a las sesiones del Directorio, en las que actuará con voz y sin voto.

Artículo 6°. La duración del mandato de los miembros del Directorio será de cinco años, que correrán a partir de su designación, pudiendo ser designados por un solo período adicional.

Artículo 7°. La retribución mensual del Presidente del Directorio y el restante miembro designado por el Poder Ejecutivo será equivalente a la de Sub Secretario de Estado.

Artículo 8°. El Directorio fijará su régimen de sesiones, las que deberán realizarse periódicamente en la sede Central del Banco y ocasionalmente en las Agencias de Cuenca.
Las resoluciones se adoptarán por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros.

Artículo 9°. Habrá un Gerente General y Gerentes de las Agencias de Cuenca los que serán designados por el Directorio, por mayoría simple y sus retribuciones serán la que disponga el Directorio del Banco.

Artículo 10°. A efectos de lograr una efectiva participación de todos los sectores involucrados habrá Comités Regionales de carácter honorario, los que estarán integrados con representantes de las entidades involucradas, que serán asignados a propuesta de las mismas y cuya composición será determinada por el Directorio.
El Gerente de cada Agencia de Cuenca podrá invitar miembros eventuales para el tratamiento de aquellos asuntos en los que considere conveniente su participación.

Capítulo III. COMPETENCIA

Artículo 11°. El Banco tendrá los siguientes cometidos:

A) Asesorar al Poder Ejecutivo en materia de represamiento, mantenimiento, gestión y distribución eficiente de Aguas Pluviales.
B) Proponer tarifas y cánones a ser aprobadas por prestadores y beneficiarios del sistema.
C) Estudiar, preparar y ejecutar planes de obras civiles, represas, reservorios y/o sistemas de riego, gestión y distribución de recursos hídricos de emergencia, de acuerdo a los lineamientos de política económica y tecnología sectorial.
D) Promover la difusión del conocimiento generado, transfiriendo los mismos para permitir un adecuado uso de los recursos hídricos.
E) Promover la capacitación y perfeccionamiento profesional.
F) Establecer relaciones de cooperación recíproca con instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras y con organismos internaciones que permitan el óptimo aprovechamiento de los recursos disponibles en beneficio del país.

Artículo 12º. El Banco podrá arrendar represamientos o tierras para ser anegadas, o tierras que así lo solicite. El plazo de dichos arrendamientos no podrá ser inferior a quince años.

Artículo 13°. El Directorio, en su carácter de órgano máximo de administración del Banco, tendrá las siguientes atribuciones:

A) Dictar el reglamento general del Banco.
B) Aprobar el estatuto de sus empleados, dentro de los seis meses de su instalación. El mismo se regirá, en lo no previsto, por las reglas de derecho común.
C) Designar, trasladar y destituir personal en base a las propuestas elevadas por la Gerencia General.
D) Determinar las prioridades en materia de construcción del represamiento, mantenimiento, gestión y distribución eficiente de Aguas Pluviales, las que deberán estar enmarcadas dentro de la política del Poder Ejecutivo.
E) Aprobar el presupuesto y elevarlo al Poder Ejecutivo para su conocimiento, conjuntamente con el plan de actividades.
F) Aprobar los planes y programas con una base técnica, preparados por la Dirección Nacional y los proyectos especiales.
G) Aprobar la memoria y el balance anual del Banco.
H) Adquirir, gravar y enajenar toda clase de bienes
I) En general realizar todos los actos civiles y comerciales, dictar los actos de administración interna y efectuar las operaciones materiales inherentes a sus poderes generales de administración con arreglo a los cometidos y especialización del Banco.

Artículo 14°. El Gerente General deberá ser persona de reconocida trayectoria y experiencia en materia de tecnología de represamiento, mantenimiento, gestión y distribución eficiente de Aguas Pluviales. Tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:

A) Elaborar y someter a consideración del Directorio los planes, programas y presupuesto de la institución.
B) Ejecutar los planes, programas y resoluciones aprobados por el Directorio.
C) Administrar los recursos del Banco, ordenar el seguimiento y la evolución de las actividades del mismo dando cuenta al Directorio.
D) Proponer al Directorio planes para el desarrollo de los recursos humanos.
E) Realizar todas las tareas inherentes a la administración del personal y a la organización interna del Instituto.
F) Promover el establecimiento de las relaciones con entidades nacionales vinculadas a la ciencia, a la tecnología y al aprovechamiento integral de los recursos hídricos.
G) Promover el fortalecimiento de la cooperación técnica internacional, con especial énfasis en la coordinación con institutos de otros países de la región.
H) Toda otra función que el Directorio le encomiende o delegue.

Artículo 15°. Los Comités Regionales serán integrados por personas de reconocida experiencia en materia productiva y tecnológica hídrica. Actuarán subordinados inmediatamente al Gerente General como jerarca técnico-administrativo del Sistema Banco de Agua.
Tendrán, entre otras, las siguientes atribuciones:

A) apoyo, consulta y asesoramiento de la Gerencia General.
B) Elaborar y someter a consideración del Directorio los planes, programas y proyectos regionales.
C) Monitorear los planes constructivos, programas y resoluciones regionales.
D) Administrar los recursos, ordenar el seguimiento y la evaluación de las actividades del Instituto a nivel regional, dando cuenta a la Gerencia General.
E) Promover el establecimiento de relaciones con entidades regionales vinculadas a la ciencia, a la tecnología y a la producción.
F) Toda otra función que se le encomiende o delegue por el Directorio o por el Gerente General, en su caso.

Capítulo IV. REGIMEN FINANCIERO

Artículo 16°. Constituirán recursos del Banco los siguientes:

A) El aporte que el Poder Ejecutivo deberá asignar presupuestalmente.
B) Los fondos que obtenga por la prestación de servicios y por la venta de su producción de agua.
C) Las herencias, legados y donaciones que acepte el Instituto.
D) Los valores o bienes que se le asignen al Banco a cualquier título.
E) El producido de la emisión de Obligaciones Negociables en Bolsa de Valores, en los montos y oportunidad que autorice el Poder Ejecutivo.

Artículo 17°. El Banco publicará anualmente un balance con la auditoria del Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de la presentación periódica de otros estados que reflejen claramente su vida financiera (artículo 191 de la Constitución).
La reglamentación determinará la forma y periodicidad de los balances y de las rendiciones de cuentas correspondientes a cada ejercicio.

Capítulo V. CONTRALOR

Artículo 18°. El contralor administrativo del Banco será ejercido por el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Artículo 19°. Sin perjuicio del contralor que realice el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, la Auditoría Interna de la Nación tendrá las más amplias facultades de fiscalización de la gestión financiera del Banco.

Artículo 20°. Contra las resoluciones del Directorio procederá el recurso de reposición, que deberá interponerse dentro de los diez días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación del acto al interesado.
Una vez interpuesto el recurso el Directorio dispondrá de treinta días hábiles para instruir y resolver el asunto y se configurará denegatoria ficta por la sola circunstancia de no dictarse resolución dentro de dicho plazo.
Denegado el recurso de reposición el recurrente podrá interponer, únicamente por razones de juridicidad, demanda de anulación del acto impugnado ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Turno a la fecha en que dicho acto fue dictado.
La interposición de esta demanda deberá hacerse dentro del término de veinte días de notificada la denegatoria expresa o en su defecto del momento en que se configure la denegatoria ficta.
La demanda de anulación sólo podrá ser deducida por el titular de un derecho subjetivo o de un interés directo, personal y legítimo, violado o lesionado por el acto impugnado.
La sentencia del Tribunal no admitirá recurso alguno.

Artículo 21°. Cuando la resolución emanare del Gerente General, en su caso, conjunta y subsidiariamente con el recurso de reposición, deberá interponerse el recurso jerárquico para ante el Directorio, para el debido agotamiento de la vía administrativa.
Este recurso de reposición deberá interponerse y resolverse en los plazos previstos en el artículo anterior, el que también regirá en lo pertinente para la resolución del recurso jerárquico De similar término dispondrá el Directorio para la resolución del recurso jerárquico. Producida la denegatoria, en forma expresa o ficta, empezará a correr el plazo de veinte días para deducir la acción de nulidad ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Turno.

Capítulo VI. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 22°. El Banco estará exonerado de todo tipo de tributos nacionales, excepto las contribuciones de seguridad social, y en lo no previsto especialmente por la presente ley, su régimen de funcionamiento será el de la actividad privada, especialmente en cuanto a su contabilidad, estatuto de su personal, y contratos que celebre.

Artículo 23°. Los bienes del Banco son inembargables y sus créditos, cualquiera fuera su origen, gozan del privilegio establecido en el numeral 6° del artículo 1732 del Código de Comercio.

Artículo 24°. El personal técnico y especializado del Banco, será designado ordinariamente por concurso de méritos y oposición, por períodos no mayores de cinco años renovables en las condiciones que establezca el estatuto a que refiere el literal B) del artículo 12 de la presente ley.
El resto del personal será designado por el sistema de selección que prevea dicho estatuto, atendiendo a las características de cada categoría.
Respecto a la extinción de la relación laboral, el estatuto establecerá las garantías de que gozará el personal del Banco, de modo que la exoneración resulte fundada y se asegure el ejercicio del derecho de defensa del empleado.

Artículo 25°. Los jerarcas y empleados del Banco deberán guardar especial y estricta reserva sobre todo dato y hecho que hayan conocido en razón de su tarea, hasta tanto el Banco resuelva levantar esa reserva.

Capítulo VII. DISPOSICION TRANSITORIA

Artículo 26°. El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley en la instancia presupuestal inmediata siguiente a la aprobación de esta ley, establecerá los recursos financieros necesarios para el normal funcionamiento del Banco.

Artículo 27º. Comuníquese, etc.

Montevideo, 15 de febrero de 2015

Pedro Bordaberry
Senador

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Exposición de Motivos

En setiembre de 2010, el Señor Representante Nacional Juan A. Vázquez, presentó el proyecto de ley de Creación del Banco Nacional de Agua, que se reitera en la presente Legislatura.
En los primeros días del mes de enero del corriente año, el Ministro de Ganadería Agricultura y Pesca, Tabaré Aguerre, anunció que impulsará un mayor uso del riego reconociendo que “queda mucho por hacer”.
Entendemos que es un objetivo estratégico del Uruguay el fomento de la generación de reservorios de agua, en base a los fundamentos que se desarrollan en la siguiente exposición de motivos.

Introducción

El sector agropecuario y sus cadenas agroindustriales, han sido y seguirán siendo fundamentales para el desarrollo económico del Uruguay. Las condiciones naturales inmejorables para la producción primaria, fundamentan el crecimiento que la producción agropecuaria ha tenido. A través de la historia se han dado importantes períodos de incrementos de sus productos, pero se han alternado también con prolongados episodios de recesión, debido a una cantidad de factores endógenos y exógenos.

El cambio climático es uno de ellos y de acuerdo a las variaciones que últimamente se han venido dando, los extremos de sequía que según los predictores, y tal cual lo ha reconocido el Ministro de Agricultura y Pesca, irían ocurriendo con mayor frecuencia, y son consecuencia del mismo. Por tanto, se hace necesaria la prevención para afrontar estos fenómenos, por lo que consideramos imprescindible elaborar un proyecto a fin de crear, financiar, administrar, coadyuvar al mejor uso de las reservas de aguas (básicamente pluviales), como forma de disponer del líquido elemento para los animales, para el riego agrícola, para el turismo y hasta para el uso humano si fuere necesario.

El proyecto luego de aprobado incorporaría entonces a las áreas productivas que entendieran necesario contar con su uso. Esas posibilidades evitarán los enormes perjuicios que le ocasionan a la producción de esos rubros en temporadas de sequía. Diluyendo inicialmente estas falencias que incluso podrían llegar a eliminarse, se puede financiar un programa basado en la creación de un Banco Nacional del Agua, si consideramos el monto económico que significo una pérdida total de U$S 881.000.000 (ochocientos ochenta y un millones de dólares) producto de la sequía del 2008/09.

Dicha cifra surge de un estudio realizado por los Ingenieros J.Preve y J.Peyrou para la Asociación Rural del Uruguay según el documento denominado “Estimación Final de Pérdidas Ocasionadas por la Sequía 2008/2009”. Las pérdidas totales discriminadas por áreas y cuantificadas en millones de dólares se presentan en la siguiente tabla informativa:

AREA

MONEDA EXTRANJERA

AGRICULTURA

U$S 56.7

CITRICULTURA

U$S 14.2

CARNE

U$S 615.8

LECHE

U$S 47.5

PERDIDA DE CAPITAL

U$S 82.4

AUMENTO DE COSTOS

U$S 64.5

TOTAL

U$S 881.1

 

Fundamento

Sequías

Los tipos de sequías que existen afectan a las poblaciones humanas, a la agricultura, a la ganadería, al turismo, al ambiente y aspectos económicos y sociales de un determinado lugar.
Se les cataloga como un desastre natural provocado por un riesgo natural, que nos afecta severamente, por tanto, se deben establecer posibles medidas de prevención y mitigación para minimizar y contrarrestar los efectos de este fenómeno natural. También señalamos la relación de las sequías con el turismo, ya que ésta afecta a la actividad turística. Esto se nota en la calidad escénica paisajística, en los mantos acuíferos y, en el suministro y abastecimiento del recurso hídrico para el desarrollo de esta actividad.
Las sequías se encuentran clasificadas en el grupo de los fenómenos hidrometereológicos.
Este riesgo natural se asocia a la poca cantidad de precipitaciones pluviales en la superficie de la tierra, a la escasez de humedad en el suelo y a la insuficiencia de agua en la superficie de la tierra o subterránea. Históricamente la sequía puede considerarse como un acontecimiento natural de enorme trascendencia, ya que por su causa se han visto diezmadas las poblaciones por hambrunas, se han impulsado movimientos migratorios masivos y provocado gravísimas crisis económicas, sociales y políticas. La sequía sucede virtualmente en casi todas las zonas climáticas, aún cuando sus características varían significativamente de una región a otra. La sequía es una anomalía temporal y se distingue de la aridez, en que esta última se restringe aregiones de baja precipitación y es una característica permanente del clima.
Existen otros factores climáticos que agravan la severidad de una sequía y que son asociados con ella, como son las altas temperaturas, los fuertes vientos y la baja humedad relativa. La sequía no debe ser vista como un simple fenómeno natural. Su impacto en la sociedad proviene de la interrelación entre el elemento natural y la demanda en el suministro de agua.
La sequía es una de las anomalías ambientales más difícil de evaluar por su gran complejidad, pues a la vez que depende de las escasas o ausentes precipitaciones, también se relaciona con la capacidad de almacenamiento del suelo y de la ocurrencia del fenómeno en relación con el ciclo vegetativo anual. En las últimas décadas, se ha registrado un mayor ritmo de deterioro de los recursos naturales, lo cual a su vez, ha creado las condiciones para un incremento de la vulnerabilidad de la producción y de la población ante fenómenos naturales como las sequías.

Concepto de sequía

De los varios desastres naturales conocidos, quizás el que más estático, silencioso y poco definible, sea la sequía. Existen varias definiciones manejadas por diferentes autores. La sequía es considerada como un fenómeno climático cíclico provocado por una reducción en la precipitación pluvial, que se manifiesta en forma lenta y afecta a las personas, actividades económicas, al ambiente, e incluso puede interferir en el desarrollo social y económico de los pueblos.
Una definición operativa de sequía puede ser una reducción temporal notable del agua y la humedad disponible, por debajo de la cantidad normal o esperada para un período dado. La sequía es una situación anómala del clima con la cual la disponibilidad de agua es insuficiente para satisfacer las distintas necesidades de las poblaciones de seres humanos, plantas y animales. En muchas regiones esta característica es bastante normal y en otras es un fenómeno recurrente.
Según el Servicio Meteorológico Nacional, la sequía en términos generales puede ser considerada como la insuficiente disponibilidad de agua en una región, por un período prolongado para satisfacer las necesidades de los elementos bióticos locales. Estas necesidades dependen de la distribución de las poblaciones de plantas, animales y seres humanos, de su modo de vida y del uso de la tierra.
Se pueden identificar los elementos comunes en estas definiciones como: la escasez de agua en una región por un período determinado de tiempo en la que esta escasez sea poco común.
Las sequías resultan de condiciones hídricas en las que prevalece la escasez del agua como resultado de precipitaciones insuficientes en una serie de años sucesivos. La cantidad de lluvia disminuye el rendimiento de los cultivos, falta de agua para la gente y los animales.

Tipos de Sequía

Existen tres tipos de sequías, desde el punto de vista meteorológico, hidrológico y agrícola.
Desde el punto de vista meteorológico, la sequía puede definirse como una condición anormal y recurrente del clima que ocurre en todas las regiones climáticas de la Tierra. Este fenómeno se caracteriza por una marcada reducción de la cantidad de precipitación que se presenta en una zona y puede producir serios desbalances hidrológicos.
Involucra una reducción en la precipitación en algún período (día, mes, temporada, año) por debajo de una cantidad determinada, normalmente definida como alguna proporción del promedio a largo plazo para un período de tiempo específico.
Debemos diferenciar entre la sequía hidrológica como “permanencia del déficit hídrico” de una sequía “aparente” o sequía agrícola (cuando el agua no coincide con las épocas en que las necesidades agropecuarias lo exigen).
En términos hidrológicos, se habla de sequía cuando se presenta una precipitación menor a la media estacional en escala regional, lo que se traduce en un nivel de aprovisionamiento anormal de los cursos de agua y de los reservorios de agua superficial o subterránea.
La sequía hidrológica altera el balance hidrológico anual debido a su duración (permanencia de la carencia de lluvias) y los indicadores son: el descenso notable de la napa freática, la seca de las lagunas, es decir, se refiere a una reducción en los recursos acuáticos (flujo en ríos, nivel de lagos, agua subterránea, mantos acuíferos) por debajo de un nivel determinado para un pedido dado de tiempo. Su definición sólo incorpora datos de disponibilidad y tasas de consumo basadas en el suministro normal del sistema (uso doméstico, industrial y agrícola).
En el sector agrícola, la sequía se refiere al déficit marcado y permanente de lluvia, que reduce significativamente la producción agrícola con relación a la normal o los valores esperados para una región dada. Para algunos especialistas, el déficit de humedad en el suelo está ligado a los efectos sobre la producción vegetal (agricultura y pastizales en ganadería), es frecuentemente denominado como sequía edáfica.
La sequía agrícola es de corta duración y afecta el ciclo vegetativo de las pasturas y los cultivos.
En general no altera demasiado los balances hídricos anuales y un indicador es la baja de la napa freática.
También se puede definir como el impacto que las sequías meteorológicas e hidrológicas tienen sobre esta esfera particular de la actividad humana. Los cultivos requieren condiciones muy particulares de temperatura, humedad y nutrientes durante su crecimiento para alcanzar su desarrollo máximo. Si la disponibilidad de humedad (o de cualquier otro factor) es inferior al nivel óptimo requerido durante el desarrollo, entonces el crecimiento será menor y la producción se reducirá.

Efectos de la Sequía

Entre los efectos que produce la sequía afecta las siguientes áreas:

AGRICULTURA

Entre los impactos económicos más perjudiciales se encuentran los daños causados por la sequía sobre la agricultura. Los daños producidos por la sequía en la producción agrícola, tanto en cultivos extensivos, frutas y hortalizas, como en los bosques y en la ganadería han sido drásticos en los últimos años.
Los análisis comparativos de las cosechas, junto con las condiciones climáticas e hidrológicas pueden darnos las mejores respuestas sobre la intensidad de la sequía en los períodos examinados y sobre los daños concretos y pérdidas económicas en la producción agrícola.

GANADERÍA

Los animales sufren por las temperaturas altas continuadas y por la falta de agua, pero no será la misma respuesta de estos a las sequías prolongadas que la respuesta de las plantas, en sus diversas especies y variedades. En el caso de los animales afecta al estado de salud y tiene un gran impacto en la producción ganadera y en el valor económico de la ganadería en general.

REDUCCIÓN EN LAS OPORTUNIDADES DE EMPLEO

Las personas que trabajan en el sector agrícola y ganadero se ven afectadas por la ausencia de lluvias, pues, es en este sector donde se origina la economía de ellos. El resultado es que muchas personas tienen que emigrar a otros lugares con mejores condiciones para poder trabajar.

PLANTACIONES FORESTALES

En las plantaciones forestales, la sequía es el factor abiótico más importante de los daños que sufren estas especies, no aparecen tan patentes para la población como en el caso de la producción agrícola.
Los bosques juegan un papel muy importante en la ecología mundial y, por ello, el destino de los bosques y las plantaciones de árboles es de vital importancia para la vida humana de una determinada región y para el mundo entero.
Los árboles que sufren los efectos de la sequía se verán afectados, con más frecuencia, por plagas y enfermedades secundarias de insectos y hongos y, en gran cantidad intensifican las sequías porque aceptan el agua de lluvias de poca entidad y no permiten escurrimiento superficial. Los incendios forestales por la gran magnitud de pérdidas económicas y ecológicas que pueden acarrear, requieren una atención de rápida respuesta por lo que sería oportuno con los medios de extinción cercanos a la plantación.

EFECTOS MEDIOAMBIENTALES

El problema requiere una gran atención porque la sociedad casi no puede hacer nada para reparar los daños causados en los ecosistemas que ya han sido perjudicados o que, incluso, están muertos. Por lo tanto, la única medida eficaz para estos casos es la debida protección de los recursos naturales, especialmente en áreas sensibles desde el punto de vista medioambiental.
Debemos poner especial atención en los efectos medioambientales combinados, como son el incremento de la contaminación y el aumento del volumen de diversos tipos de residuos en el medio ambiente, y, en particular, los residuos y materiales tóxicos.

IMPACTO SOCIAL

Entre ellos podemos citar los impactos sobre la salud pública, sobre el empleo o desempleo y sobre la política y los asuntos exteriores. Durante la sequía, se puede observar un incremento de las enfermedades cardiovasculares, alergias e infecciones respiratorias. Estas últimas se deben a un aumento en la contaminación del aire por el polvo procedente de una mayor erosión eólica.

COMERCIO

La reducción de la producción de las materias primas básicas causada por la sequía afecta, por lo general, de forma negativa, al comercio, especialmente en las relaciones de exportación e importación, y en lo que son las economías locales.
Las pérdidas de almacenamiento de productos vendibles, altera los acuerdos de intercambio de mercancías entre los países y puede desequilibrar los planes de exportación y otras obligaciones. Al mismo tiempo, la economía del país necesita compensar sus pérdidas aumentando las importaciones, principalmente de alimentos, lo que supone un gasto extraordinario, tanto para las personas como para el gobierno.

ASUNTOS FINANCIEROS

El mundo financiero responde con una subida de precios a las pérdidas de producción de los productos agrícolas, de los procesos alimentarios, del intercambio de mercancías y del consumo de energía, lo cual acelera la inflación y estimula procesos y tendencias poco convenientes en el mundo financiero: los agricultores y productores entran en bancarrota, se retiran las inversiones, se suspenden las mejoras de las condiciones de producción, etc.
Dependiendo del grado de estos efectos, la economía nacional puede verse afectada gravemente por sus impactos, cuya prevención es muy importante para cualquier país, y para cualquier gobierno, en especial sobre la economía doméstica.

IMPACTO DE LA SEQUIA EN EL TURISMO

La sequía que anteriormente sólo se había asociado a problemas en la agricultura y en la ganadería, tiene repercusiones en todos los sectores de la producción y, la actividad turística no escapa de ello, sobre todo actualmente donde se ha identificado el ecoturismo como un atractivo preferencial para el turismo.
La demanda por el agua sin duda será fuente de conflicto, pues toda actividad posible, de humanos y animales, depende de ese recurso. También repercuten en la afluencia turística: el efecto escénico ambiental provocado por la vegetación seca, la ausencia de agua en los cauces de los ríos, las polvaredas, entre otros, así como el impacto en las formas de vida silvestres, el riesgo de incendios forestales, causado por la acción humana, la escasez del recurso hídrico en los parques nacionales y las reservas con las restricciones de ingreso tendrá incidencia en la afluencia de los turistas lo que tenderá a agravar la situación del sector.
Es necesario fijar entonces medidas de prevención y mitigación de este fenómeno, para lo cual se requiere tomar decisiones que minimicen los efectos de una sequía, e impacten en la sobre existencia de las producciones y en la propia humanidad.

Uno de los retos más grandes en la planeación ante una sequía, es la comunicación efectiva entre los grupos apropiados. Existen cuatro grupos que requieren ser involucrados:

• Climatólogos y personal de M.G.A.P. e I.N.I.A, que monitoreen la cantidad de agua disponible en el momento y en el futuro predecible.
• Administradores de recursos naturales y de seguimiento de la producción normal, y personas, que determinan cómo la carencia de agua está afectando los diversos intereses productivos.
• Funcionarios de alto nivel que toman decisiones, y que tienen la autoridad para actuar en base a la información que reciben acerca de la disponibilidad de agua y los efectos de la sequía.
• Administradores de reservorios de Agua, que generalmente son particulares.

La coordinación de estos cuatro grupos es parte central de un plan exitoso para la sequía. El plan para enfrentar una sequía consiste en los siguientes diez pasos:

1. Desarrollar una estructura organizacional y preparar un plan para la sequía.
2. Institucionalizar un Organismo específico para dicho fin (Banco de Agua)
3. Definir el propósito y los objetivos del plan proyectado.
4. Levantar un inventario de recursos e identificar los grupos en riesgo.
5. Fomentar la participación de los proveedores y usuarios que intervienen en el proyecto.
6. Integrar la ciencia y planes de acción, eliminar las brechas institucionales.
7. Difundir el plan propuesto y solicitar retroalimentación de los involucrados.
8. Implantar el plan para el uso del recurso hídrico.
9. Desarrollar planes de educación para usuarios del proyecto.
10. Evaluación posterior al período de sequía.

Posibles acciones que se deben tomar dentro del plan de sequía:

• Estrategias de diversificación de la producción con variedad de cultivos de mayor resistencia con mayor rentabilidad (M.G.A.P. e I.N.I.A.).
• Investigación de técnicas de conservación de humedad o que contribuyan a reducir el déficit hídrico resultante de la sequía.
• Promover la ejecución de proyectos tales como el Banco de Agua, que contemplen implementar reservorios de aguas por riego artesanal, incorporación de rastrojos al mismo y otras prácticas amigables con el recurso suelo.
• Educar sobre la importancia del manejo de las fuentes de agua y de los árboles, la protección de cuencas y micro cuencas.
• Capacitar a las organizaciones como ser DI.NA.MA y DI.NA.SA., en los planes de desarrollo de gestión de riesgos, para poder identificar causas específicas de vulnerabilidades físicas, ecológicas y sociales, así como también el manejo de los pronósticos del clima, con el objeto de saber qué alternativas considerar ante la amenaza de estos fenómenos, así como también incorporar de modo efectivo a las Agencias de Cuenca en el manejo de estos temas.

Posibles soluciones

Las recomendaciones para la prevención y mitigación de la sequía pueden dividirse en las relacionadas con medidas de carácter macro, destinadas a afectar políticas gubernamentales, y las de carácter micro, destinadas a alterar las condiciones ecológicas y las prácticas agrícolas de las zonas afectadas, muchas de las cuales deben ser desarrolladas necesariamente por el gobierno y/o privados.
Por ello se entiende necesario fomentar el almacenamiento de recursos hídricos que prevengan el desabastecimiento de dichos recursos a través del Banco Nacional de Agua.

 

Concepto de Banco de Agua


El Banco del Agua es una Institución de Fomento de operaciones reguladas, de transmisiones de derechos, conceptualizado como un instrumento para la regulación de las prácticas informales existentes en la materia, en el que se promoverá la reasignación eficiente del recurso, para con ello impulsar el manejo integral y sustentable del recurso agua, propiedad de quien la vende.
Es preciso tener en cuenta:

• Existe un reconocimiento de la existencia de los mercados informales del agua relacionados con problemas de disponibilidad y competencia por el recurso hídrico.
• Se destacan los conflictos económicos, políticos y sociales como grandes limitantes para la operación y buen éxito de los Bancos de Agua, al ser erróneamente asociado su objetivo a prácticas de privatización del recurso.
• Hay que destacar la finalidad medioambientalista de los Bancos de Agua fundamentalmente para casos de sequía y recuperación de las fuentes de agua en términos de cantidad y calidad.
• La necesidad de contar con un sistema de información que permita determinar los mercados del agua, como herramienta fundamental para la identificación de los volúmenes de agua concesionados y los disponibles, en estrecha vinculación con las restricciones que en razón de veda o reglamentación existan conforme al marco legal.

Este proyecto de ley crea el Banco Nacional de Agua como persona jurídica de derecho no estatal.
Establece un directorio integrado de forma similar al INAC y tiene como cometido la transferencia del agua, su promoción, financiación y conversión.

 

Montevideo, 15 de febrero de 2015

Pedro Bordaberry
Senador

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